El TSJN confirma la condena por un episodio de insultos homófobos en Pamplona

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a seis meses de prisión y 1.080 euros de multa impuesta por la Audiencia Provincial a cuatro acusados por insultar y perseguir a un joven en Pamplona por su orientación sexual.

La sentencia establece además que los condenados deberán indemnizar a la víctima con 1.250 euros. La resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Los acusados persiguieron al joven tras proferir insultos

Los hechos ocurrieron sobre la medianoche del 9 de noviembre de 2024 en las inmediaciones del cementerio de Pamplona, en una zona próxima al Aquavox de San Jorge.

Según los hechos probados, los cuatro acusados se acercaron al lugar y comenzaron a gritar “maricón, maricón” al joven, que se encontraba en la zona arbolada. La víctima se introdujo en su vehículo y abandonó el lugar, pero los acusados la siguieron con su coche por el aparcamiento.

El joven logró incorporarse a la avenida de Navarra y avisó a la Policía Municipal. Previamente, una tercera persona había fotografiado la matrícula del vehículo de los acusados ante la actitud que estaba observando.

El TSJN considera acreditado el delito de odio

El TSJN considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la dignidad personal en concurso de normas con un delito contra la integridad moral y señala que concurren los elementos del delito de odio.

La Sala destaca que los insultos no fueron expresiones aisladas y que deben analizarse dentro del contexto en el que se produjeron. Según la resolución, las expresiones utilizadas tenían un carácter discriminatorio por razón de orientación sexual y afectaron tanto a la dignidad de la víctima como al colectivo al que se dirigían.

Las defensas habían solicitado la absolución

Las defensas recurrieron la sentencia de la Audiencia Provincial y solicitaron nuevamente la absolución de los cuatro acusados. El TSJN ha desestimado íntegramente los recursos.

La Audiencia Provincial había aplicado además la atenuante de reparación del daño, al haber depositado los acusados 3.000 euros antes del juicio para hacer frente a la posible indemnización.

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