Condenado a cuatro años y tres meses de prisión por grabar a su pareja durante relaciones sexuales sin consentimiento
La Audiencia de Navarra ha condenado a un hombre a cuatro años y tres meses de prisión por grabar sin consentimiento una relación sexual con su pareja y mostrar las imágenes a una tercera persona. La sentencia también le considera responsable de un delito de maltrato ocasional, tras propinar a la mujer un puñetazo en la cara que le rompió un diente y una bofetada.
La Sección Segunda de la Audiencia le ha impuesto tres años, seis meses y un día de cárcel por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, y otros nueve meses por maltrato ocasional. Además, no podrá comunicarse con la víctima ni acercarse a menos de 200 metros durante ocho años y deberá indemnizarla con 1.900 euros.
Grabó las relaciones sexuales sin que ella lo supiera
Según los hechos probados, el 24 de mayo de 2023 el condenado, de 43 años, mantuvo una relación sexual consentida con su pareja en una localidad de la comarca de Pamplona. Sin embargo, grabó el encuentro sin que ella lo supiera ni lo autorizara.
El 1 de junio, el hombre mostró el vídeo y varias fotografías a otra mujer. Ese mismo día, después de una discusión con su pareja, la golpeó en la cara, provocándole la rotura de un diente, y le propinó una bofetada.
La sentencia recoge también que las imágenes se obtuvieron mediante dispositivos ocultos y sin el consentimiento de la víctima, con la intención de vulnerar su intimidad.
La Audiencia aprecia una situación de miedo y control
Durante el procedimiento, la víctima relató una situación de miedo, amenazas e intimidación. Los magistrados consideran que su declaración quedó respaldada por testimonios de familiares, un agente de la Policía Foral y otras personas, que confirmaron cambios en su comportamiento e incidentes relacionados con el control ejercido por el condenado.
La Fiscalía había solicitado en el juicio, celebrado en abril, una pena total de 13 años y tres meses de prisión. La Audiencia, por su parte, ha absuelto al acusado de los delitos de agresión sexual que le imputaba la acusación particular.
La resolución puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
