La Audiencia de Navarra condena a siete años de prisión a un joven por violar a una menor de 14 años en Pamplona
El tribunal aprecia una atenuante por el consumo de alcohol y drogas
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a siete años de prisión a un joven que violó a una menor de 14 años en Pamplona durante la madrugada del 25 de mayo de 2025. La sentencia aprecia una atenuante analógica de intoxicación por el consumo de alcohol y sustancias estupefacientes, que afectaron de forma muy leve a sus capacidades.
El condenado, que tenía 20 años cuando ocurrieron los hechos y se encuentra en prisión provisional, será expulsado de España cuando acceda al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional. Además, no podrá regresar durante diez años.
La resolución también establece una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima durante 17 años, con una distancia mínima de 300 metros, así como diez años de libertad vigilada una vez cumplida la pena de prisión. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la menor con 30.000 euros.
La agresión ocurrió en una bajera del barrio de Iturrama
Los hechos se produjeron cuando la víctima salió con varias amigas para celebrar el 18 cumpleaños de una de ellas. El grupo, en el que la joven era la única menor de 16 años, terminó reuniéndose con el acusado y otro amigo en una bajera de Iturrama.
Una vez allí, la menor se quedó dormida en una silla y le ofrecieron descansar en una habitación. Según los hechos probados de la sentencia, el joven se acostó en la misma cama y la violó aprovechando que estaba profundamente dormida por el cansancio y el alcohol que había consumido.
La víctima se despertó, lo apartó y abandonó rápidamente la cama, conmocionada y aturdida. El acusado le pidió perdón y le suplicó que no contara lo sucedido antes de salir de la habitación.
La Audiencia considera acreditada la falta de consentimiento
Los magistrados otorgan plena credibilidad al testimonio de la menor y concluyen que la relación sexual se produjo sin consentimiento, puesto que estaba dormida. La sentencia destaca la firmeza y coherencia de su declaración, así como la ausencia de indicios de invención o exageración.
El tribunal también recoge las consecuencias psicológicas que ha sufrido la víctima, entre ellas sintomatología ansioso-depresiva y dificultades para aceptar el contacto físico de un hombre.
El tribunal no considera probado que conociera su edad
La sentencia distingue entre la falta de consentimiento, que considera acreditada, y el conocimiento que tenía el acusado sobre la edad de la menor. En este segundo aspecto, la Audiencia entiende que no existe prueba suficiente para concluir que supiera que tenía menos de 16 años.
Los magistrados señalan que la joven era la única menor del grupo y que la reunión se había organizado para celebrar el 18 cumpleaños de una de las chicas. Estas circunstancias, según la resolución, pudieron inducir al acusado a pensar equivocadamente que la víctima también tenía más de 16 años.
Por ello, la Audiencia aprecia un error de tipo conforme al artículo 14.2 del Código Penal y no aplica la agravación correspondiente al conocimiento de que la víctima era menor de 16 años.
Fiscalía y acusación particular pedían penas más elevadas
El juicio se celebró el pasado 20 de octubre. La Fiscalía solicitó 13 años de prisión y la acusación particular elevó su petición a 15 años. La defensa reclamó la absolución al sostener que las relaciones sexuales habían sido consentidas.
La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
